El proceso judicial comenzó cuando la madre fue ingresada involuntariamente en una unidad de psiquiatría tras presentar síntomas que llevaron a su hospitalización. Al recibir el alta fue derivada a salud mental, pero se negó a tomar la medicación prescrita alegando que no se había confirmado su diagnóstico. Esta situación provocó que los servicios sociales decidieran colocar a la niña bajo la tutela de una familia de urgencia, ante el riesgo para su bienestar.
La madre recurrió la sentencia, argumentando que la retirada de su hija se basaba en una «supuesta afección mental no acreditada». Afirmó que, salvo el tratamiento antipsicótico, seguía las pautas médicas indicadas y que un informe descartaba la existencia de una patología psiquiátrica. Además, defendió que la no devolución de su hija atentaba contra su libertad y dignidad.
El TS rechazó estas alegaciones, señalando que la recurrente intentaba modificar los hechos probados, lo que no es procedente en este tipo de recursos. Además, el tribunal subrayó que tras la sentencia inicial se obtuvieron nuevos informes que confirmaban la persistencia de los síntomas psiquiátricos y la negativa de la madre a seguir el tratamiento, lo que refuerza la necesidad de mantener la medida de protección.
El Alto Tribunal también destacó que el derecho de los menores a ser criados en su familia de origen no es absoluto. Según su jurisprudencia, este derecho puede ceder ante la necesidad de garantizar la protección y el interés superior del menor, como en este caso, en el que se considera que el entorno familiar no es el adecuado debido a los problemas de salud mental de la madre.
La sentencia subraya que, aunque la reunificación familiar es lo ideal, el interés del menor debe prevalecer sobre cualquier otro derecho. En este caso, la negativa de la madre a seguir el tratamiento psiquiátrico y la persistencia de sus problemas de salud mental justifican la adopción de medidas de protección.
El tribunal dejó abierta la posibilidad de que la madre recupere la tutela en el futuro si logra estabilizar su situación psiquiátrica y seguir el tratamiento médico adecuado.
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Este fallo del Tribunal Supremo subraya la primacía del interés superior del menor en cualquier proceso judicial relacionado con la custodia. Si bien el derecho de los padres a criar a sus hijos es fundamental, no puede prevalecer sobre el bienestar físico y emocional de los menores, especialmente cuando existen indicios claros de riesgo, como en este caso, debido a la negativa de la madre a seguir un tratamiento médico esencial.
La sentencia pone de relieve que, en situaciones donde la estabilidad familiar se ve comprometida por problemas de salud mental no tratados, las medidas de protección pueden ser indispensables. Es un recordatorio de que los sistemas de protección infantil están diseñados para intervenir en circunstancias excepcionales y garantizar que los menores crezcan en un entorno seguro, sin exponerlos a riesgos derivados de situaciones de vulnerabilidad parental.
Si te encuentras ante una situación familiar delicada o necesitas asesoramiento sobre los derechos de los menores y el procedimiento de retirada de tutela, en MAR ABOGADOS contamos con un equipo especializado en derecho de Familia y protección infantil. Sabemos lo crucial que es actuar con rapidez y cuidado en estos casos, y ofrecemos el respaldo legal necesario para proteger tanto a los menores como los derechos de los progenitores. No dudes en contactarnos para recibir una consulta y orientación personalizada.
Este fallo del Tribunal Supremo subraya la primacía del interés superior del menor en cualquier proceso judicial relacionado con la custodia. Si bien el derecho de los padres a criar a sus hijos es fundamental, no puede prevalecer sobre el bienestar físico y emocional de los menores, especialmente cuando existen indicios claros de riesgo, como en este caso, debido a la negativa de la madre a seguir un tratamiento médico esencial.
La sentencia pone de relieve que, en situaciones donde la estabilidad familiar se ve comprometida por problemas de salud mental no tratados, las medidas de protección pueden ser indispensables. Es un recordatorio de que los sistemas de protección infantil están diseñados para intervenir en circunstancias excepcionales y garantizar que los menores crezcan en un entorno seguro, sin exponerlos a riesgos derivados de situaciones de vulnerabilidad parental.
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